Por un vacío temporal en la ley, el autor del ataque escolar no podrá ser imputado
El adolescente de 15 años que mató a un compañero de 13 durante un ataque ocurrido en una escuela de San Cristóbal no podrá ser sometido a un proceso penal ni recibir una sanción judicial, ya que la ley que reduce la edad de imputabilidad a 14 años todavía no se encuentra vigente.
La normativa, sancionada el 27 de febrero, establece que los menores podrán ser penalmente responsables desde los 14 años, pero su aplicación comenzará recién a los 180 días de su promulgación, por lo que al momento del hecho el joven es considerado legalmente no punible.
Tras el ataque, el menor fue demorado por la policía provincial y quedó a disposición de un equipo interdisciplinario con intervención de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe. En paralelo, el caso es supervisado por el Ministerio Público de la Acusación, que no puede avanzar con una imputación formal debido a la condición legal del adolescente.
De acuerdo al Código de Procedimiento Penal Juvenil, aunque no se puede dictar una detención ni formular cargos, sí se pueden aplicar medidas de protección y resguardo tanto para el menor como para las víctimas y terceros, siempre bajo supervisión judicial.
En ese contexto, se realizará una audiencia ante un Juez de menores, en la que participarán el fiscal, los padres o responsables del adolescente y representantes de la Secretaría de Niñez.
Allí no se formulará una imputación penal, pero se informarán los hechos y se evaluarán medidas de carácter no punitivo, como restricciones de contacto, seguimiento institucional y asistencia psicológica.
Mientras tanto, el gobierno de la provincia de Santa Fe continúa coordinando la atención médica y el acompañamiento a las víctimas, en un hecho que dejó como saldo un estudiante fallecido y varios heridos.
La nueva legislación, que entrará en vigencia en septiembre, forma parte del nuevo Régimen Penal Juvenil, que fija la edad de imputabilidad en 14 años, establece penas de hasta 15 años para delitos graves y contempla sanciones alternativas a la prisión para casos de menor gravedad, como amonestaciones, tareas comunitarias y restricciones de conducta.
Fuente e imagen: Radio Belgrano


