Columna Jurídica: el aguinaldo
En una nueva Columna de Asuntos Jurídicos, la abogada María José Pecchio (MP 5-792) abordó un tema muy importante: EL AGUINALDO.
Martes 16 de junio 2026 | 14:06 Hs.
Con la llegada de junio, millones de trabajadores argentinos esperan el cobro de la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo. Se trata de un derecho laboral garantizado por la legislación argentina, que constituye una remuneración adicional al salario habitual y debe ser abonada por los empleadores en fechas establecidas por la ley.
Desde el punto de vista jurídico, el aguinaldo está regulado por la Ley de Contrato de Trabajo y por la Ley 23.041. La normativa establece que el SAC se paga en dos cuotas anuales: la primera con vencimiento el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre. Además, la legislación contempla un plazo adicional de hasta cuatro días hábiles para efectivizar el pago.
El monto de cada cuota equivale al 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto durante el semestre correspondiente. Esto significa que para calcular el aguinaldo se toma el salario más alto percibido entre enero y junio, o entre julio y diciembre, incluyendo conceptos remunerativos como horas extras, comisiones y adicionales salariales.
En los casos en que el trabajador no haya prestado servicios durante todo el semestre —por ejemplo, por haber ingresado recientemente a la empresa o por la finalización del vínculo laboral—, el aguinaldo debe abonarse de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado. Asimismo, cuando se produce la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea la causa, el empleador tiene la obligación de liquidar el SAC proporcional junto con la liquidación final.
El beneficio alcanza a los trabajadores registrados del sector privado, empleados de la administración pública, personal de empresas estatales y también a jubilados y pensionados. Por el contrario, quienes desarrollan actividades como monotributistas o trabajadores autónomos no perciben aguinaldo, debido a que no mantienen una relación de dependencia laboral.
Especialistas en derecho laboral remarcan que el aguinaldo no constituye un bono extraordinario ni una gratificación voluntaria, sino un derecho adquirido por ley. Por ello, el incumplimiento en el pago puede generar reclamos administrativos y judiciales por parte del trabajador, además de sanciones para el empleador.
En un contexto económico complejo, el aguinaldo continúa siendo una herramienta fundamental para el bolsillo de los trabajadores argentinos, representando un ingreso adicional que muchas familias destinan al pago de deudas, gastos extraordinarios o consumo. Más allá de su impacto económico, se trata de una conquista histórica del derecho laboral que mantiene plena vigencia en 2026.
Desde el punto de vista jurídico, el aguinaldo está regulado por la Ley de Contrato de Trabajo y por la Ley 23.041. La normativa establece que el SAC se paga en dos cuotas anuales: la primera con vencimiento el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre. Además, la legislación contempla un plazo adicional de hasta cuatro días hábiles para efectivizar el pago.
El monto de cada cuota equivale al 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto durante el semestre correspondiente. Esto significa que para calcular el aguinaldo se toma el salario más alto percibido entre enero y junio, o entre julio y diciembre, incluyendo conceptos remunerativos como horas extras, comisiones y adicionales salariales.
En los casos en que el trabajador no haya prestado servicios durante todo el semestre —por ejemplo, por haber ingresado recientemente a la empresa o por la finalización del vínculo laboral—, el aguinaldo debe abonarse de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado. Asimismo, cuando se produce la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea la causa, el empleador tiene la obligación de liquidar el SAC proporcional junto con la liquidación final.
El beneficio alcanza a los trabajadores registrados del sector privado, empleados de la administración pública, personal de empresas estatales y también a jubilados y pensionados. Por el contrario, quienes desarrollan actividades como monotributistas o trabajadores autónomos no perciben aguinaldo, debido a que no mantienen una relación de dependencia laboral.
Especialistas en derecho laboral remarcan que el aguinaldo no constituye un bono extraordinario ni una gratificación voluntaria, sino un derecho adquirido por ley. Por ello, el incumplimiento en el pago puede generar reclamos administrativos y judiciales por parte del trabajador, además de sanciones para el empleador.
En un contexto económico complejo, el aguinaldo continúa siendo una herramienta fundamental para el bolsillo de los trabajadores argentinos, representando un ingreso adicional que muchas familias destinan al pago de deudas, gastos extraordinarios o consumo. Más allá de su impacto económico, se trata de una conquista histórica del derecho laboral que mantiene plena vigencia en 2026.
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